¿Qué es el salario mínimo?
EL salario mínimo es el monto que mínimo qué se debe pagar al trabajador o trabajadores de acuerdo a su ocupación. Legalmente ninguna persona trabajadora en el país debe devengar un salario inferior a este. Este salario lo establece el Ministerio de Trabajo y los mismos se ajustan dos veces al año, (enero y julio).
¿Qué pasa si el empleador no cumple con el salario mínimo?
El empleador o patrón que no pague el salario mínimo se expone a una multa de entre 1 a 23 salarios base, y el trabajador podrá dar por terminada la relación laboral con responsabilidad patronal, para lo cual deberá agotando previamente las instancias de solución directa con la persona empleadora o la conciliación administrativa, según proceda.
Cuando la persona trabajadora está por encima del salario mínimo, no es obligación de la persona empleadora hacer el aumento salarial, excepto que haya un convenio, convención colectiva, arreglo directo, costumbre o cualquier otro instrumento normativo que así lo establezca.
Los perfiles ocupacionales son instrumento que utiliza el Ministerio de Trabajo para clasificar un puesto de trabajo; para lo cual se debe saber y describir las diversas funciones, labores o tareas que realiza la persona trabajadora, definidas estas, se ubican o clasifican en los Perfiles Ocupacionales y de acuerdo a esos perfiles se relacionan con los renglones o nomenclaturas del Decreto de Salarios Mínimos.
El salario mínimo legal para una ocupación específica se puede ubicar inmediatamente en una ocupación o profesión de acuerdo, y en los casos en que no se posible encontrarlo se podría ubicar de acuerdo a la descripción de las funciones, tareas o funciones que realiza la persona en los Perfiles Ocupacionales antes mencionados, en caso de tener alguna duda sobre su profesión u ocupación podrá contactar al MTSS o bien en su defecto podrá contactarnos y le podemos brindar la asesoría necesaria.
¿Si el empleador paga comisión debe pagarse por aparte el salario mínimo?
La persona empleadora está obligado a pagar el salario mínimo por ley, no obstante en los casos en los cuales se paga salario y comisión, entre ambos deben sumar por lo menos el salario mínimo establecido en el Decreto de Salarios Mínimos, incluso se podría pagar un salario base X, siempre y cuando entre ese salario y la comisión ambos sumados sean iguales al salario mínimo determinado por ley, de tal forma que si entre el salario que se pague más la comisión, no se llega al salario mínimo fijado por ley, la persona empleadora debe legalmente ajustar al salario mínimo.
¿Qué hacer cuando el patrono o empleador no me esta pagando el salario mínimo?
En estos casos debemos hablar con nuestro patrón o empleador para informarle que no se esta pagando el salario mínimo y que debe proceder a ajustarlo conforme al decreto de salarios mínimos.
En caso de que el patrono no proceda con la corrección del monto a pagar, cumpliendo con el salario mínimo, el trabajador podrá solicitar una inspección al MTSS para que se visite el centro de trabajo y se informe sobre el salario que legalmente les corresponde a las personas trabajadoras.
También podrá presentarse al Departamento de Relaciones del Trabajo corres
pendiente para que citen a la persona empleadora a una comparecencia con la persona trabajadora y le aclaren cuál es el salario mínimo correcto.
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